La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que pagará la Pensión Vitalicia que busca brindar apoyo a los familiares de trabajadores y trabajadoras esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID -19.
Este beneficio se abonará de manera mensual y su monto será equivalente a dos jubilaciones mínimas. De esta manera, tras el aumento del 15,62% por la Ley de Movilidad Jubilatoria, la ayuda económica rondaría los $100.700.
ANSES: QUÉ ES LA PENSIÓN VITALICIA
Este es un pago mensual, de carácter vitalicio, para los familiares de trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID – 19.
ANSES PENSIÓN VITALICIA: ¿A QUIÉNES LES CORRESPONDE ESTE BENEFICIO?
La ayuda está destinada a cónyuges, convivientes e hijos de trabajadores y trabajadoras esenciales que hayan fallecidos como consecuencia del COVID – 19.
PENSIÓN VITALICIA: ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
La persona fallecida por COVID-19 tiene que haber desempeñado trabajos esenciales entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020, en los siguientes rubros:
- Personal de los Sistemas de Salud Pública y Privada.
- Personal de las Fuerzas Armadas.
- Personal de las Fuerzas de Seguridad.
- Personal de la Actividad Aduanera.
- Personal de la Actividad Migratoria
- Bomberos.
- Recolectores de residuos domiciliarios.
- Recolectores de residuos patogénicos.
Adicionalmente, el solicitante deberá presentar documentación dependiendo su relación con la persona fallecida.
CÓNYUGE DEBERÁ PRESENTAR:
- Partida de Matrimonio actualizada.
Conviviente deberá presentar:
- Unión convivencial.
- acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha de fallecimiento. En caso de tener un hijo en común y reconocido por ambos, ese plazo se reduce a 2 años.
Hijos/as
- Podrán solicitar el beneficio solo hijos/as solteros/as hasta 25 años, si a la fecha de fallecimiento recibían cuota de alimentos.
- Hijos/as solteros/as cuyas capacidades estén restringidas a la fecha de fallecimiento, sin límite de edad.
- Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran con incapacidad para trabajar o en un estado comprobado de necesidad ocasionado por la carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran los 18 años de edad.
PENSIÓN VITALICIA: ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO PRESENTAR?
Adicional a la documentación solicitada según vínculo, todos los casos deben presentar:
- Certificado de defunción donde conste que la causa de fallecimiento fue por haber contraído COVID-19.
- Constancia de la empleadora o empleador manifestando que se encontraba realizando tareas presenciales en el periodo ya indicado.
¿CÓMO SOLICITAR LA PENSIÓN?
El trámite se puede realizar de manera online siguiendo los siguientes pasos:
- Ingresar a la aplicación Mi ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social.
- Revisa que tus datos personales y vínculos familiares estén correctos.
- Si tus datos están correctos, ingresá en Atención Virtual, eligiendo la opción “Asistencia para inicio de Pensión COVID-Ley N°27.549.