El gobierno nacional puso en marcha el Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Crítico Independiente para Monotributistas y Autónomos. El beneficio consiste en el pago de un bono de hasta $22.000. Así el Estado busca dar una ayuda a trabajadores independientes durante la pandemia. Este subsidio forma parte de del Programa de Recuperación Productiva (REPRO 2) dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Cabe aclarar que para acceder al cobro del subsidio, el trabajador debe efectuar una inscripción online desde la página web de AFIP.
Los trabajadores independientes fueron uno de los sectores más olvidados por el Estado Nacional en las medidas adoptadas el año pasado tras el comienzo del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Por suerte, este año se decidió incluirlos dentro de los beneficios.
Para dar una ayuda a estos trabajadores se ha creado el Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Crítico Independiente, el cual otorga una suma dineraria de hasta $22.000. El beneficio se aplica a aquellos cuya actividad se encuentre en uno de los siguientes rubros:
- Gastronomía
- Turismo
- Transporte
- Industrias culturales
- Actividades deportivas y de esparcimiento
- Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales, pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación
- Peluquerías y centros de belleza
Los requisitos para solicitar el bono son:
- Haber declarado como actividad principal al 12/03/20 alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I de la Resolución 201/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS).
- Haber cumplido con el pago de al menos dos meses de Autónomos o Monotributo en los últimos seis meses previos a la solicitud. En el caso de que la inscripción haya sido antes de los seis meses se requiere por lo menos un pago.
- Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y mayo 2021. Si la fecha de inscripción al régimen fue posterior al 01/04/19, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.
Para acceder al beneficio se deben hacer:
- Declarar el domicilio fiscal electrónico.
- Completar la facturación vía formulario web.
- Completar una declaración jurada mediante la cual el solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el art. 1° de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.
La solicitud del cobro debe ser realizada desde la página de AFIP usando la Clave Fiscal dentro del servicio REPRO 2.