La prestación por desempleo es una asistencia que se brinda para contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por la pérdida involuntaria del empleo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda y selección de un nuevo trabajo.
¿Quienes pueden solicitarla?
Está dirigido a trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos «sin justa causa» o «por fuerza mayor», o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.
¿Qué otorga el Seguro por Desempleo?
- El monto de la prestación es variable. Para los casos de las Leyes Nº 24.013 y 25.371 el mismo no puede ser inferior a los $6.000 ni superior a los $10.000, más las Asignaciones Familiares que correspondan. (Monto modificado por Res.Nº4/2020 del RENATRE a partir de octubre 2020).
- En el caso de las prestaciones económicas de la ley Nº25.191 el monto no puede ser inferior a los $7.260 ni superior a los $14.520, más las Asignaciones Familiares que correspondan. (Monto modificado por Res.Nº789/2020 del CNEPYSMVYM*MT a partir de diciembre del 2020).
- Pago de asignaciones familiares.
- Cobertura médico asistencia.
- Reconocimiento de la antigüedad para la jubilación.
- Posibilidad de cobrar juntas todas las cuotas del Seguro para desarrollar un emprendimiento (Modalidad de Pago Unico).
Para desalentar la desocupación voluntaria y estimular la búsqueda de un nuevo empleo existe una escala decreciente en la prestación que se modifica cada 4 meses. Durante el primer período se percibe el 100% de la prestación adjudicada, de la cuota 5 a la 8 el 85%, y el 70% durante los últimos cuatro meses más las asignaciones familiares correspondientes.
¿Cuánto dura?
La duración depende del tiempo que se haya trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social. La duración de las prestaciones va de 3 a 8 meses y si sos mayor de 45 años, el seguro automáticamente durará 6 meses.
¿Cómo y donde me inscribo?
El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral. Los días que exceden de este plazo son descontados del total del período de prestación que le corresponda al trabajador.
Deberán acercarse a una oficina de ANSES si son trabajadores comprendidos por las Leyes Nº4.013 y Nº25.371, o al RENATRE si son trabajadores comprendidos por el Régimen de Trabajadores Rurales.
Es importante recordar que para mantener el cobro de la prestación, el trabajador debe cumplir las siguientes responsabilidades:
- Proporcionar toda documentación solicitada y comunicar los cambios de domicilio.
- Aceptar los empleos adecuados que le sean ofrecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y asistir a las acciones de formación para las que sean convocados.
- Aceptar los controles que establezca la autoridad de aplicación (leer atentamente el ticket o recibo de cobro donde se le indicará día y hora de presentación).
- Solicitar la suspensión del pago del Seguro por Desempleo al incorporarse a un nuevo trabajo (5 días hábiles para realizar el trámite).
- Reintegrar los montos de prestaciones indebidamente percibidas.