RECARGO AL DOLAR AHORRO: empieza su devolución

La devolución del 35% de recargo se realizará por transferencias en las cuentas bancarias que los beneficiarios tienen declaradas en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto se realizará en los próximos 10 días y será a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales por dólar ahorro a unos 150.000 monotributistas que tienen sus trámites aprobados desde agosto 2021. Serán unos $1.900 millones que retuvo la agencia de recaudación como resultado de operaciones cambiarias para atesoramiento o consumos en moneda extranjera con tarjeta.

La devolución se acreditará por medio de transferencias a las cuentas bancarias informadas, y para cobrar las devoluciones están habilitados todos los contribuyentes del régimen simplificado que no paguen Ganancias ni Bienes Personales, aunque hay excepciones.

Según aclararon desde AFIP «las transferencias a las cuentas bancarias de contribuyentes que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales se inician tras la realización de chequeos y verificaciones tendientes a detectar inconsistencias y desarticular maniobras irregulares».

Así están observadas las solicitudes de devolución de contribuyentes con deudas en AFIP o no presentaron una declaración jurada. De todos modos, estas dos situaciones se pueden subsanar en la página del organismo.

Una vez finalizado el año calendario en que se produjo la percepción podrán solicitar la devolución de la misma, recordemos que no sólo se aplica a la compra de dolares, sino también a gastos con tarjeta en moneda extranjera, por lo que Netflix o Spotify están alcanzados para solicitar la devolución.

La solicitud de devolución que tengan código 217 o 219 y que corresponden a los regímenes 591 al 600 inclusive, y que no puedan ni deban computarse como pago a cuenta de ganancias o bienes personales serán aceptadas para proseguir el trámite.

Todas las personas habilitadas para solicitar la devolución, deberán ingresar con clave fiscal nivel 2 o superior al servicio «Devolución de percepciones». Dentro de ésta sección podrán visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.

En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá su incorporación manual, en este caso, el contribuyente debe contar con toda la documentación respaldatoria que avale tal solicitud, que se le podrá solicitar para su verificación.

La solicitud de devolución será derivada al área de fiscalización para que evalúe y decida sobre su procedencia. El contribuyente podrá seguir el trámite hasta su culminación a través del servicio «Devolución de percepciones». La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles sistémicos o verificaciones posteriores realizadas por AFIP, en caso de no ser autorizada, se comunicará al contribuyente al Domicilio Fiscal Electrónico, y la solicitud se considerará improcedente. El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria.

La AFIP instrumenta la devolución de más de $1.900 millones en concepto de las percepciones del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales por compra de moneda extranjera a unos 150.000 monotributistas. Esto se suma a los $4.900 millones reintegrados en abril a 366.000 trabajadores en relación de dependencia.

De esta forma, la AFIP concretará la devolución del 83,5% de contribuyentes que solicitaron el reintegro previsto en la Resolución General 4815r. El proceso será progresivo y se desarrollará a lo largo de los próximos 10 días hábiles. Además continuará procesando solicitudes que se presenten y las que se encuentran observadas por inconsistencias subsanadas por los contribuyentes debido a problemas identificados a chequeos y verificaciones.

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