La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recuerda a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) es inembargable. Es decir que los bancos no pueden cobrar deudas sobre la prestación, dada que es un subsidio de carácter alimentario.
En caso de que se esté haciendo alguna retención o embargo, el beneficiario tiene que realizar un reclamo vía administrativa en la entidad bancaria.
La AUH es un programa social pagado por ANSES que brinda una ayuda económica mensual a las familias más vulnerables con hijos menores o con discapacidad.
El pago de la AUH se realiza solamente a uno de los padres, siempre priorizando a la madres, en caso de que el cobro no lo haga el que tiene a cargo al menor, se puede presentar un Formulario PS 2.73 en ANSES solicitando el cambio de titularidad.
REQUISITOS PARA LA AUH
- Ingresos del grupo familiar menor al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
- Tener registrados y actualizados los datos personales y de todos los miembros del grupo familiar en ANSES.
- Tener Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Ser argentino y residir en el país, o extranjero con 2 años como mínimo de residencia en el país.
- El hijo tiene que ser menor de 18 años o incapacitado, en el último caso no aplica el tope de edad.
Para dar el alta en ANSES, la persona que lo solicita debe cumplir con los requisitos y presentar el DNI, certificado o partida de nacimiento del menor, certificado de matrimonio, unión civil o convivencia. El trámite puede ser llevado adelante a distancia desde Atención Virtual,(servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=siexp2) que opera desde las 00:00 hs hasta las 20:00 hs.
¿QUIENES PUEDEN COBRAR LA AUH?
- Trabajadores informales.
- Empleados del Servicio doméstico.
- Desocupados.
- Monotributistas sociales.
- Titulares de Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros planes de trabajo.
En caso de que se haga un descuento, hay que corroborar de que no sea la retención del 20% que aplica el ANSES y que se paga al año siguiente con la Declaración Jurada (DDJJ) y que no sean descuentos de cuotas de Créditos Anses que hayan solicitado. Ambos casos si serían correctos, pero el banco no puede utilizar el dinero para el cobro de una deuda. Si así pasara, se recomienda llevar adelante un reclamo administrativo en la entidad, como último recurso ir a un abogado, que pueden contactar de las páginas de los colegios de abogados del país.